Juan Pablo Matta a responder fiscalmente por no pagar impuestos cuando fue gerente de la ILC

La Contraloría General del Cauca resolvió recurso de apelación en proceso de Responsabilidad Fiscal por el daño patrimonial a la Industria Licorera del Cauca

Según la Contraloria General del Cauca Juan Pablo Matta está llamado a responder fiscalmente, al no haber cumplido con la efectividad de la gestión pública, no obrar con diligencia y cuidado, aun al haber tenido pleno conocimiento y advertencia de la situación de iliquidez de la entidad.

Comunicado:

Mediante la Resolución No. 207 del 21 de junio de 2022, la segunda instancia de la Contraloría General del Cauca resolvió un Recurso de Apelación relacionado con el Hallazgo con connotación fiscal en contra del entonces gerente de la ILC, Juan Pablo Matta Casas por valor de ($984.768.200).

En Auditoria Gubernamental, Modalidad Especial, vigencias 2016-2017, practicada  a la Industria Licorera del Cauca respecto a la denuncia No. 004 del 18 de enero de 2017, se evidenciaron presuntas irregularidades en el no pago del Impuesto al Consumo de Licores correspondientes a la segunda quincena del mes de Diciembre de 2016, dentro de los términos establecidos por la Ley.

Esto conllevó al pago de sanción por extemporaneidad e intereses ocasionando un presunto daño patrimonial por el valor de ($837.587.201) e identificando como presunto responsable fiscal al señor  JUAN PABLO MATTA CASAS.

Dentro de la etapa procesal, de conformidad la Ley, la Dirección Técnica de Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva de la Contraloría General del Cauca profirió Fallo con Responsabilidad Fiscal No. 8 del 23 de diciembre de 2021, contra el Gerente de la Industria Licorera del Cauca y la Compañía Aseguradora ALLIANZ SEGUROS S.A. en cuantía de NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS PESOS M/CTE., ($984.768.200).

Una vez resueltos los recurso del proceso, la segunda instancia confirmó, en sede de Apelación, en todas sus partes, el Fallo con Responsabilidad Fiscal emitido dentro del Proceso PRF-21-18, ya que con las pruebas que obran dentro del expediente, y que fueron analizadas y valoradas a la luz de la Constitucional y la Ley, y la garantía del debido proceso, no se logró demostrar lo contrario al daño fiscal y patrimonial a la Industria Licorera del Cauca. Sobre esta resolución no procede recurso alguno.

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