En Popayán claman por multas a quienes no recogen las heces de sus mascotas
El Código Nacional de Policía de Colombia establece en el numeral 3 del Art. 124 que “omitir la recogida de los excrementos de los animales, por parte de sus tenedores o propietarios, o dejarlos abandonados después de recogidos, cuando ello ocurra en el espacio público o en áreas comunes” acarrea una multa de 104.164 pesos colombianos, es decir cuatro días de salario básico mensual.
Con este argumento habitantes de varios barrios de Popayán le piden a la ciudadanía mayor conciencia y a las autoridades mayor control por cuanto calles, parques y zonas verdes resultan afectados por el mal comportamiento de los propietarios o tenedores de mascotas.
Video en el Barrio Las Américas:
La Ley 746 de 2002 determina en su artículo dos que está prohibido dejar las deposiciones fecales de los ejemplares caninos en las vías, parques o lugares públicos.
La norma añade que el valor de la multa se incrementará si hay “desobediencia, resistencia, desacato o reiteración del comportamiento contrario a la convivencia”.
Los propietarios o tenedores de los ejemplares caninos son responsables de recoger convenientemente los excrementos y depositarlos en bolsas de basura domiciliaria o bien en aquellos lugares que para tal efecto destine la autoridad municipal.